¿Qué puedo deducir si trabajo en casa?
Usted va a iniciar una actividad económica que desarrollará desde su domicilio, habilitando una de las habitaciones como despacho. ¿Qué gastos podrá computar en su IRPF? ¿Qué IVA podrá deducirse?
Usted va a iniciar una actividad económica que desarrollará desde su domicilio, habilitando una de las habitaciones como despacho. ¿Qué gastos podrá computar en su IRPF? ¿Qué IVA podrá deducirse?
Con carácter general se califican como rentas del trabajo las retribuciones por cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares. No obstante, estas rentas pueden ser rendimientos de actividades económicas, en la medida en que dichas actividades supongan la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.